El peso máximo libre de impuestos en el equipaje permitido al viajar a Cuba es el siguiente: hasta 30 kg de peso (66 libras) entre lo facturado y el equipaje de mano no tienen ningún coste adicional (25kg de artículos personales o misceláneas y 5 kg de artículos para familiares o amigos).
Cada pasajero puede entrar a Cuba un máximo de 1000 pesos, que corresponden a 125 kg de misceláneas. De ellos, 30 kg están exentos del pago del impuesto aduanal.
1 kg de misceláneas equivale a un valor de 10.00 pesos.
¿Qué se considera misceláneas?
Lista de artículos que la Aduana de Cuba considera Misceláneas:
– Calzado
– Confecciones
– Alimentos
– Artículos de aseo personal y del hogar
– Bisutería
– Lencería
– Perfumes
– Otros similares
Si el pasajero es menor de 10 años solo puede ingresar al país sus efectos personales, incluyendo juguetes, que también son considerados en esta categoría.
El resto de los artículos importados, como los Electrodomésticos y sus partes, se valoran de manera independiente (no por el peso).
Canal verde
Los pasajeros pueden pasar por el Canal Verde siempre que solo porten artículos libres de pago de impuestos aduanales. Para pasar por el canal verde es necesario que viajen únicamente con sus efectos personales sin superar los 30 kg.
Canal Rojo
Los viajeros que no cumplen con lo establecido para el canal verde, pasarán por el llamado canal rojo.
Estos pasajeros llevan artículos que no se consideran misceláneas y exceden los 30 kg de peso.
Si el equipaje sobrepasa los 125 kg, La Aduana decomisa el exceso de mercancías.
El pasajero tiene el derecho de escoger los artículos que serán decomisados. No se le permite la reexportación de los mismos.
Noticia original de ADN Cuba
https://adncuba.com/noticias-de-cuba/aduana-de-cuba-regulaciones-vigentes






